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CIRBE y ficheros de morosos: qué son, en qué se diferencian y cómo salir

Por Dylan Stillavato8 min de lectura
Portada del artículo: CIRBE y ficheros de morosos: qué son, en qué se diferencian y cómo salir

Cuando pides un préstamo, la entidad no se fía solo de lo que le cuentas. Antes de decidir consulta dos tipos de registros: la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) y uno o varios ficheros de morosos, como ASNEF o el de Experian. Se suelen confundir, pero funcionan con reglas distintas, los gestionan entidades distintas y te afectan de manera distinta. Saber qué hay en cada uno a tu nombre, y corregirlo si está mal, es lo primero que conviene hacer antes de pedir financiación.

Las diferencias de un vistazo

CIRBEFicheros de morosos (ASNEF, Experian)
Quién lo gestionaEl Banco de España, como servicio públicoEmpresas privadas
Qué recogePréstamos, créditos, avales y garantías, pagues o noSolo deudas impagadas
Quién informaBancos, establecimientos financieros de crédito, prestamistas inmobiliarios y otras entidades declarantesEl acreedor: bancos, financieras, operadoras de telefonía, suministradoras y otras empresas
UmbralLas entidades ven el detalle de quien tiene más de 1.000 € de riesgo acumulado con una entidadNo se pueden incluir deudas de menos de 50 € de principal
Cuánto tiempo constaMientras la operación siga vivaMientras dure el impago, con un máximo de cinco años
Norma principalLey 44/2002 y Circular 1/2013 del Banco de EspañaArtículo 20 de la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD)
ConsultaGratis, ante el Banco de EspañaGratis, ante el responsable de cada fichero

La CIRBE: tu historial de riesgos, no una lista negra

El Banco de España lo dice con estas palabras: la CIRBE no es un registro de morosos. Es una base de datos en la que las entidades declarantes comunican cada mes las operaciones de riesgo que mantienen con sus clientes: hipotecas, préstamos personales, líneas de crédito, avales y garantías. Aparece todo, pagues puntualmente o no.

Quién informa y qué umbrales hay

Según las preguntas frecuentes de la CIR del Banco de España, declaran las entidades de crédito españolas y las sucursales de las extranjeras, los establecimientos financieros de crédito, los prestamistas inmobiliarios, las sociedades de garantía recíproca y algunas entidades de pago y de dinero electrónico que conceden crédito, entre otras. Declaran operación a operación y, con carácter general, sin importe mínimo.

El umbral que importa es otro: desde la declaración de enero de 2021, a las entidades no se les facilitan los datos de los titulares cuyo riesgo acumulado en una entidad sea inferior a 1.000 euros. Antes de esa fecha el límite era de 9.000 euros.

Un detalle que mucha gente pasa por alto: si avalas el préstamo de otra persona, ese aval también aparece a tu nombre y cuenta como riesgo cuando pidas tu propia financiación.

Qué ve el banco cuando te consulta

Una entidad puede pedir tus datos a la CIRBE si ya le debes dinero o si le has solicitado una operación de riesgo, y debe haberte informado antes por escrito de tu derecho a acceder a ellos. Recibe un informe agregado: cuánto debes en total por tipo de operación, cuánto tienes dispuesto, qué garantías hay y si hay importes vencidos sin pagar, pero sin saber con qué entidades trabajas. Los datos corresponden a la última declaración mensual cerrada y a la de seis meses antes.

Por qué tu deuda pagada sigue apareciendo

La CIRBE no se actualiza al momento. Las entidades declaran la situación del último día de cada mes antes del día 10 del mes siguiente, y el Banco de España la publica hacia el día 21. El ejemplo que da el propio Banco de España: si cancelas una deuda el 8 de noviembre, no verás el cambio hasta el informe que se publica el 21 de diciembre. Si vas a pedir una hipoteca justo después de liquidar un préstamo, cuenta con ese desfase.

Cómo consultarla gratis

Cualquier persona puede obtener su informe de riesgos sin coste. Hay tres vías:

  • Por internet, en la sede electrónica del Banco de España, con certificado electrónico. Es la más rápida: el informe suele estar disponible en unos minutos.
  • En persona, con cita previa, en la sede central o en una sucursal del Banco de España.
  • Por correo postal, enviando el formulario de solicitud firmado con copia de tu documento de identidad.

Como titular recibes un informe más completo que el de las entidades: el detalle operación a operación de cada entidad con la que tengas más de 1.000 euros de riesgo, con su código, y la lista de entidades con las que tienes riesgos por debajo de esa cifra. También puedes pedir el nombre de las entidades a las que la CIRBE ha comunicado tus datos en los últimos seis meses.

Cómo pedir una rectificación

Si ves un dato inexacto, por ejemplo un préstamo cancelado que sigue apareciendo meses después o un importe vencido que no debes, puedes solicitar al Banco de España por escrito que tramite la rectificación o cancelación ante la entidad que lo declaró. Lo práctico es hablar también directamente con esa entidad. El procedimiento, según el Banco de España, funciona así:

  1. El Banco de España traslada tu solicitud a la entidad y, desde ese momento, deja de comunicar a terceros los datos cuestionados.
  2. La entidad tiene que responderte a ti y al Banco de España en 15 días hábiles si eres persona física.
  3. Si te da la razón, envía la corrección de inmediato. Si no, la CIRBE mantiene la suspensión dos meses más.
  4. Si la entidad no responde o rechaza tu petición, puedes reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Solo se puede rectificar lo que aparece identificado con código de operación, es decir, lo declarado por entidades con las que tienes más de 1.000 euros de riesgo.

Los ficheros de morosos: solo deudas impagadas

Los ficheros de morosos, que la ley llama sistemas comunes de información crediticia, son bases de datos privadas en las que los acreedores comunican deudas que no has pagado. Los más conocidos en España son ASNEF, gestionado por ASNEF-Equifax, y Badexcug, de Experian. A diferencia de la CIRBE, aquí no solo informan bancos: también operadoras de telefonía, compañías de luz y gas o empresas de financiación al consumo.

Requisitos para que te incluyan

El artículo 20 de la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), fija las condiciones:

  • La deuda debe ser cierta, vencida y exigible. Si la has reclamado en vía administrativa o judicial, o mediante un procedimiento de resolución de conflictos vinculante, no se presume lícita su inclusión.
  • Te tienen que haber avisado. El acreedor debe informarte en el contrato o al requerirte el pago de que puede incluirte en esos ficheros, indicando en cuáles participa.
  • El fichero te notifica la inclusión. La empresa que gestiona el fichero tiene 30 días desde que recibe la deuda para comunicártelo e informarte de tus derechos, y durante ese plazo los datos quedan bloqueados.
  • Un importe mínimo. La disposición adicional sexta de la misma ley prohíbe incluir deudas cuyo principal sea inferior a 50 euros.

Cuánto tiempo constas

Los datos solo pueden mantenerse mientras persista el impago, con un máximo de cinco años desde la fecha de vencimiento de la deuda. Si pagas, el acreedor debe pedir que te den de baja. Si se cumplen los cinco años, la anotación tiene que desaparecer aunque no hayas pagado; la deuda, en cambio, no se extingue por salir del fichero.

Cómo saber si estás y cómo salir

La AEPD recuerda que no tiene esta información y que el derecho de acceso se ejerce ante el responsable de cada fichero. Para los dos principales son ASNEF-Equifax Servicios de Información sobre Solvencia y Crédito, S.L., y Experian Bureau de Crédito, S.A. La consulta es gratuita, la respuesta debe llegar en un plazo máximo de un mes y la AEPD ofrece un formulario modelo de derecho de acceso en su web. Desconfía de servicios que te cobran por esta gestión o por «limpiar» tu historial: lo puedes hacer tú gratis.

Si la deuda es incorrecta, ya está pagada, no supera los 50 euros o nunca te avisaron, pide la rectificación o supresión al fichero y al acreedor, aportando los justificantes. Si no te contestan en un mes o te lo deniegan sin motivo, puedes presentar una reclamación ante la AEPD.

Cómo afectan cuando pides un préstamo

Las dos consultas responden a preguntas distintas. La CIRBE le dice al banco cuánto debes ya: con ella calcula tu nivel de endeudamiento y decide si puedes asumir una cuota más. Un historial con mucha deuda, aunque la pagues bien, puede limitar el importe que te concedan. Los ficheros de morosos le dicen si has dejado de pagar: una anotación, aunque sea pequeña, suele bastar para que muchas entidades rechacen la solicitud.

Dos situaciones frecuentes:

  • Has pedido un préstamo y te lo deniegan por lo que aparece en un fichero. El mismo artículo 20 de la LOPDGDD obliga a quien consultó el fichero a informarte del resultado de esa consulta. Pídelo: es la forma más rápida de saber qué apareció.
  • Tienes una anotación en ASNEF de una factura antigua de teléfono que ni recordabas. Paga o reclama, guarda el justificante y comprueba al cabo de unas semanas que ha desaparecido. Es mejor hacerlo antes de solicitar una hipoteca que descubrirlo en mitad del proceso.

Si estás preparando una solicitud de financiación importante, el orden más útil es este: pide tu informe de la CIRBE, ejerce el derecho de acceso ante ASNEF-Equifax y Experian, corrige lo que esté mal y espera a que el cambio se refleje. Con eso sabrás lo mismo que va a ver el banco, y podrás comparar ofertas de préstamo sabiendo que ningún dato erróneo te va a cerrar la puerta.

Preguntas frecuentes

No. La CIRBE recoge los préstamos, créditos y avales que tienes con las entidades, estés al día o no. Una hipoteca que pagas puntualmente aparece igual que cualquier otra. Lo que sí refleja es si alguna operación tiene importes vencidos sin pagar, y eso es lo que mira el banco con más atención.

Este artículo tiene fines exclusivamente educativos e informativos y no constituye asesoramiento financiero, fiscal, legal ni de inversión personalizado. Las condiciones de productos financieros citadas son orientativas y cambian con el tiempo; verifica siempre la información directamente con la entidad o fuente oficial correspondiente antes de tomar una decisión económica. Consulta nuestra metodología y nuestro aviso legal.

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